Desde el 15 de julio de 2025, la jornada laboral semanal en Colombia se reduce de 46 a 44 horas, como parte de la Ley 2101 de 2021.
Con la reducción en la jornada laboral en Colombia a 44 horas semanales, los empleadores no pueden reducir el salario del trabajador ni aumentar la hora de almuerzo para compensar dicho tiempo. Así lo explicó Juan Miguel Plata López, profesor del área laboral de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín.
“Lo ideal y como la norma lo indica es que el trabajador pueda salir más temprano o entrar más tarde, no puede ampliarse la hora de almuerzo que no hace parte de la jornada laboral. Por ejemplo, si el empleado tiene una hora de almuerzo el empleador no podrá decir será de hora y media para salir a la misma hora que lo hacía habitualmente porque no se estaría cumpliendo la finalidad”, explicó Plata López.
El profesor aclaró que en casos en los que el empleador o la empresa no esté cumpliendo con la reducción de la jornada o que haya empleado el tiempo de almuerzo u otros descansos, o reduzca el salario por menos horas laboradas, el empleado podrá acudir ante el Ministerio de Trabajo, que, en caso de Medellín, está ubicado en la seccional Antioquia, en el barrio San Benito (Cra. 56 #51-81) a interponer la correspondiente denuncia.
Con esta ley, Colombia se une a una tendencia regional en busca de jornadas más equilibradas. En Chile se implementa el plan hacia 40 horas, Brasil y México también están en camino.
Y es que esta ley de reducción de la jornada laboral (Ley 2101 de 2021) apunta a mejorar la calidad de vida de los colombianos trabajadores.
“La finalidad de esta norma es que los trabajadores tengan más tiempo para compartir en familia y en actividades con ella, esta reducción ha sido gradual inició hace dos años atrás con la reducción de 48 horas a 47 horas laborales semanales; en el 2024 pasamos a 46 horas; y a partir de hoy, 15 de julio la reducción será de 2 horas pasando a 44 horas laborales semanales. En el 2026 llegaremos a 42 horas semanales”, explicó el docente.
A pesar de los grandes beneficios que se han exaltado con esta ley, también hay unas dificultades que han tenido que enfrentar las empresas colombianas.
“El empleador, en esta implementación gradual, se ha tenido que reorganizar en diferentes jornadas de trabajo y modificar las jornadas de sus empleados, para los trabajadores las dificultades con el empleador y la eliminación de los días de la familia, la ley indica que con la reducción con las 42 horas el trabajador no tendrá derecho al descanso del día de descanso semestral por Día de la Familia; sin embargo, la reforma laboral indica que el empleador podrá consagrar un día para que los empleados puedan disfrutar con su familia , no se consagró como obligatorio sino como facultativo”, concluyó.